TODO SOBRE EL EMPADRONAMIENTO
La mayoría de extranjeros están familiarizados con este concepto y saben que es necesario realizarlo, pero en esta entrada os explicaremos todos los detalles sobre qué es, para qué sirve y cómo se obtiene el empadronamiento.
¿Qué es el empadronamiento?
El empadronamiento no es más que el registro de un habitante en un domicilio concreto y se realiza siempre en cada uno de los Ayuntamientos.
Esto quiere decir que si has estado empadronado en más de un pueblo o ciudad y necesitas acreditar que has estado empadronado tendrás que pedirlo en los distintos Ayuntamientos.
Para los ciudadanos extranjeros es de especial trascendencia el estar empadronado porque la fecha del primer empadronamiento es la fecha que normalmente la oficina de extranjería tiene en cuenta para acreditar nuestra llegada al país y, desde entonces, nuestra permanencia continuada en España para cualquier arraigo.
Del mismo modo el empadronamiento nos servirá con trámites posteriores para demostrar porqué estamos solicitando un permiso de extranjería en una oficina de extranjería (por ejemplo Valencia) y no en otra (por ejemplo Madrid), ya que según donde residamos será una oficina u otra la competente.
Por último el empadronamiento también tiene que ver con otras áreas tales como el centro de salud al que tenemos que ir, en qué centro votar o incluso a qué colegio van a ir nuestros hijos.
¿Cómo se obtiene el primer empadronamiento?
Esto depende de cada Ayuntamiento se solicita o no con cita previa, en Sagunto por ejemplo es necesario obtener cita previa en el siguiente enlace: https://aytosagunto.es/es/el-municipio/servicios-de-interes/cita-previa-saic/
¿Qué documentos son necesarios para el primer empadronamiento?
Adjuntamos enlace que describe todo el trámite y os resumimos los documentos principales: https://aytosagunto.es/media/u0nojmjb/informacion_empadronamiento.pdf
- Documentos de identidad:
- Documento de identificación, no te preocupes si aún no tienes número NIE es muy común, simplemente con tu pasaporte será suficiente.
- Si queremos empadronar a algún menor de edad también será necesario llevar su Pasaporte o el libro de familia.
- Documentos sobre la ocupación de la vivienda, en este caso es válido aportar:
- Escritura o copia simple de la vivienda.
- Recibo o factura actualizada de agua, luz, gas, o recibo del IBI, donde la persona que se empadrona sea la titular del suministro.
- Contrato de arrendamiento, con el último recibo
- Si hay o no otras personas empadronadas en la vivienda:
- Si ya existen personas mayores de edad empadronadas en dicha vivienda será necesaria la autorización de una persona mayor de edad empadronada en dicha vivienda (mediante escrito firmado y original y fotocopia de su DNI o Pasaporte).
La persona que autorice deberá disponer de algún título acreditativo de la posesión efectiva de la vivienda, es decir, ser el propietario o tener un contrato de alquiler a su nombre.
- Si no hay ninguna persona empadronada y no se dispone de documento que acredite la ocupación de la vivienda (por ejemplo vas a residir en casa de algún amigo o familiar) será necesaria la autorización de la persona propietaria y la escritura de dicha vivienda (mediante escrito firmado y original y fotocopia del DNI del propietario).
Además, si vas a solicitar el empadronamiento de otra persona que no estará presente el día de la cita es necesario que lleves una autorización firmada por esa persona y copia de su Pasaporte, permiso de residencia o DNI.
Por último recuerda que en el caso de los extranjeros será necesario renovar el empadronamiento cada dos años.
¿Una vez empadronado, qué tipos de certificados puedo solicitar del padrón?
Una duda muy común en los trámites de extranjería es la relativa a los distintos certificados que puedes solicitar de tu empadronamiento.
En primer lugar hay que diferenciar entre el volante y el certificado de empadronamiento, en la mayoría de supuestos de trámites de extranjería será un CERTIFICADO lo que tengamos que solicitar que, en muchas ocasiones, se tardará varios días en obtener del Ayuntamiento.
Dentro de los certificados de empadronamiento encontramos los siguientes tipos:
- Certificado de empadronamiento individual: donde aparecerán los datos de la vivienda y los datos del solicitante.
- Certificado de empadronamiento histórico: aparecerá desde cuando esa persona está empadronada en dicho domicilio. Este certificado es el que usamos en los trámites de extranjería para acreditar el tiempo de permanencia en España teniendo en cuenta la fecha en que se realizó el empadronamiento.
- Certificado de empadronamiento colectivo: En este certificado aparecerán todas las personas empadronadas en la misma vivienda. Este certificado se utiliza para acreditar que se reside con alguien (por ejemplo en los trámites de familiares de españoles) o también para acreditar cuál es la unidad familiar formada por todas las personas que residen en la vivienda y tener en cuenta ciertos aspectos económicos de trámites de extranjería (como es el caso de las reagrupaciones de familiares o los registros de ciudadanos de la Unión Europea).
Estos certificados de empadronamiento normalmente tienen una validez de tres meses.
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